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«No cabe remisión a una página web de una Consejería cuyo contenido, además, podría ser variado por el departamento administrativo que tiene su control»

«La publicación ha de ser íntegra y en el boletín oficial correspondiente».

El tribunal desestima la impugnación solicitada para la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces, al considerar que en su caso hay «legitimación activa», ya que «existe conexión entre los fines estatutarios y el objeto de la actuación administrativa impugnada», y decide que son oportunas las medidas cautelares requeridas. En consecuencia, acuerda «suspender la eficacia de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias de 4 de noviembre de 2022 por la que se aprueba el Catálogo de símbolos, calles, monumentos y menciones franquistas existentes en el ámbito territorial de Canarias», aunque «circunscrito al ámbito de Santa Cruz de Tenerife», recordaba Raíces en su demanda.

Se acuerda:


Estimar la solicitud de medida cautelar, acordando suspender la eficacia de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias de 4 de noviembre de 2022 por la que se aprueba el Catálogo de símbolos, calles, monumentos y menciones franquistas existentes en el ámbito territorial de Canarias
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